El RNPDNO es una herramienta de búsqueda e identificación que organiza y concentra la información sobre Personas Desaparecidas y No Localizadas, que transmiten las autoridades de la Federación y de las Entidades Federativas, así como de los registros previo a su creación, aportados por el Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia (CENAPI) de la entonces Procuraduría General de la República (ahora FGR), colecciones de archivos del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas (RNPED) e información proveniente de otras bases de datos de colectivos de familiares de búsqueda de personas, organizaciones no gubernamentales, entidades federativas, estatales y organismos de derechos humanos, con el objeto de proporcionar apoyo en las investigaciones para su búsqueda, localización e identificación.

Del Registro de Personas Desaparecidas y no localizadas (RNPDNO), y las herramientas de interconexión.

Antecedentes, construcción y funcionamiento del RNPDNO

La búsqueda de personas tiene como condición de posibilidad saber qué personas están siendo buscadas, cuándo y en qué circunstancias desaparecieron, y cuáles han sido localizadas. Integrar esa información en un sistema informático sofisticado es indispensable para consolidarla, actualizarla, validarla, compartirla, confrontarla con bases de datos que permitan generar indicios de localización y en general analizarla.

El Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO), cuya administración y coordinación corresponde en términos de la LGD a la CNB, constituye una herramienta fundamental para todo ello.

Al inicio de esta administración no se contaba con un registro sólido de personas desaparecidas y no localizadas. Existían múltiples archivos con estructuras diferentes, los datos eran inconsistentes, y existía multiplicidad de información, caracteres especiales, registros nulos y sin homologación de la información, además de duplicidad de los mismos. Dichos listados no contaban con campos acordes con lo dispuesto por la LGD, y no era factible interoperarlo con sistemas de otras autoridades.

Se hablaba públicamente de un aproximado de 40 mil personas desaparecidas para diciembre de 2018. La CNB realizó la normalización de dicha información y fue utilizada para el nuevo Registro.

Para construir el RNPDNO, la CNB ha elaborado, diseñado, desarrollado e implementado una estrategia tecnológica[1] para la incorporación de información, permitiendo la interoperabilidad entre autoridades federales y estatales, así como la disponibilidad y consistencia de los datos relacionados con las personas desaparecidas y no localizadas.

En ese sentido, desarrolló y puso a disposición de las autoridades referidas tres herramientas tecnológicas para registrar su información: sistema único del RNPDNO, servicio Web y carga masiva. Mediante estas herramientas se han registrado 195 mil 294 y actualizado 96 mil 717 reportes de Personas Desaparecidas y No Localizadas.

Por otro lado, la CNB ha construido una herramienta para que el público y otras autoridades puedan realizar el reporte o hacer del conocimiento de la CNB la noticia de una persona desaparecida o no localizada, sin necesidad de tener una denuncia ante fiscalías e, incluso, los particulares pueden realizarlo de manera anónima –sabiendo, además, que muchas personas no denuncian las desapariciones por miedo o desconfianza a las autoridades–.

Dicho reporte público puede realizarse 24/7, en el enlace electrónico https://cnbreportadesaparecidos.segob.gob.mx/. Al 15 de junio de 2023 se han recibido, por esta vía, un total de 10 mil 064 reportes, de los cuales 7 mil 747 es decir, el 76.98%, fueron formulados por particulares y los restantes 2 mil 317 por otras autoridades.

En la presente administración se implementó la primera fase de la versión pública del RNPDNO, que se encuentra disponible en https://versionpublicarnpdno.segob.gob.mx y que permite acceder, por primera vez desde el Estado, a estadísticas actualizadas en tiempo real sobre las desapariciones en el país, destacando, entre otros, el número de personas desaparecidas y no localizadas, de personas localizadas, el año y lugar –estado y municipio- de desaparición, el sexo y la edad de la persona desaparecida.

Al 15 de junio de 2023 existen reportadas oficialmente como desaparecidas y no localizadas más de 111 mil 42 personas. Al 15 de junio de 2023, dicha página ha tenido 6 millones 368 mil 218 accesos.

El RNPDNO se alimenta diariamente con reportes de desapariciones actuales y del pasado. Las principales fuentes para dicho registro son las Fiscalías/Procuradurías (63.84%), las Comisiones de Búsqueda (31.26%), otras autoridades (1.13%), y de cualquier persona que no sea autoridad (3.77%).

Dentro de los retos del RNPNDO está la resistencia de diversas instituciones para registrar o compartir información. En ese sentido, de las 450 variables que existen en dicho registro, hay un porcentaje de captura promedio del 14.99% en el caso de Fiscalías/Procuradurías, y del 15.35% para Comisiones Locales de Búsqueda.

Como se observa, el porcentaje de registro de información en el RNPDNO por parte de las autoridades es muy bajo, situación que complejiza entender el fenómeno de desaparición y tomar decisiones para la búsqueda, en investigación y en prevención en términos de política pública.

Es importante recordar que la desaparición en México puede ser causa de diversos delitos tales como desaparición forzada de persona, desaparición cometida por particulares, secuestro, trata, reclutamiento forzado, sustracción de menores, entre otros, información que sólo puede ser entregada por las Fiscalías/Procuradurías, por ser quienes tienen a su cargo las investigaciones de los hechos.

Sobre el particular, la CNB identifica un porcentaje de captura en el RNPDNO de la variable del delito equivalente al 15.80% del total de los registros de Personas Desaparecidas y No Localizadas; es decir, en casi 85% de los registros no se tiene información sobre el delito en el cual se encuadró la investigación de la desaparición.

Por poner un ejemplo, en sólo 640 registros de las personas que continúan como desaparecidas o no localizadas (equivalente al 0.57% de los casos), se ha registrado el delito de desaparición forzada; el 33.59% de esos registros (215) han sido realizados por FGR, el restante 66.41% corresponde a registros de Fiscalías/Procuradurías Estatales (425). La CNB continúa solicitando constantemente dicha información a las autoridades correspondientes.

Actualmente se encuentran en revisión los lineamientos del RNPDNO y está en proceso de integración un apartado de perfiles de acceso, entre ellos, los datos abiertos –individualizados-, de conformidad con las determinaciones y opiniones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), producto tanto de solicitudes de acceso a la información, como a diversas consultas formuladas por la CNB.

Por otro lado, dos herramientas tecnológicas relacionadas con el Registro que se encuentran en construcción previstas en la LGD son la consulta pública y el buzón del RNPDNO. La primera permitirá al público en general, tener acceso vía internet, a los datos de las personas desaparecidas y no localizadas contenidos en el registro, en términos de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO), la LGD y los lineamientos del registro. Por su parte, el buzón permitirá recibir la información que se proporcione por el público en general.

Finalmente, es importante destacar que la CNB ha desarrollado herramientas tecnológicas para el uso interno y/o interinstitucional de información vinculadas con el RNPDNO, como son, la herramienta de análisis, la bitácora única de acciones de búsqueda individualizada (para las CLB y fiscalías), la confronta de diferentes fuentes de información con el RNPDNO, y los porcentajes de captura del mismo registro.

 

[1] La estrategia de referencia puede ser consultada en la liga siguiente:https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/551515/Estrategia_del_Registro_Nacional_de_Personas_Desaparecidas.pdf

En octubre de 2020 la CNB fue reconocida con el 2°lugar entre 44 proyectos por la Revista IT Masters Mag, dentro de Las Más Innovadoras del Sector Público, por su Estrategia tecnológica del RNPDNO. https://t.co/Uc6MjI3NJz?amp=1

Sistema Único de Información Tecnológica e Informática (SUITI)   

El Sistema Nacional de Búsqueda tiene la obligación de llevar a cabo la integración y funcionamiento de un Sistema Único de Información Tecnológica e Informática (SUITI), que permita el acceso, tratamiento y uso de toda la información relevante para la búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas o no localizadas, así como para la investigación y persecución de los delitos materia de la LGD. En concordancia, el PHB ordena la creación del Comité del SUITI, mediante el cual, se deben generar los lineamientos para establecer la interoperabilidad entre las autoridades o instituciones, públicas o privadas, nacionales e internacionales, para la integración y funcionamiento del SUITI.

En este sentido, la CNB, como Secretaria Técnica del SNB, puso a consideración de los integrantes del SNB un anteproyecto de Reglas de Operación del Comité del SUITI, así como para la integración de Mesas Temáticas de Trabajo, que tomó en consideración las observaciones y comentarios formulados por 13 fiscalías estatales y una CLB. Dichas Reglas fueron aprobadas el 9 de noviembre de 2021 por el SNB.

A la fecha, se ha realizado una Primera Sesión Ordinaria del Comité del SUITI e iniciado los trabajos para la conformación de tres Mesas Temáticas (jurídica, de análisis y técnica), a partir de las cuales se definirán las acciones encaminadas para dar cumplimiento al objetivo del Comité.

Cruce de información CNB-RENAPO

Con la finalidad de llevar a cabo el cruce de información entre los registros existentes del RNPDNO y la base de datos del Registro Nacional de Población e Identidad (RENAPO), en 2019 la CNB impulsó la suscripción del Acta de Instalación del Comité de Seguimiento y Evaluación, que permite realizar dicho cruce, a través del servicio web de consulta de la Clave Única de Registro de Población (CURP) proporcionado por RENAPO, mediante el nombre, primer y segundo apellido, fecha de nacimiento, sexo y entidad federativa de nacimiento, con el objetivo de obtener la CURP de las personas desaparecidas y no localizadas reportadas, para tener certeza de su identidad.

En 2020, se confrontó la información de personas desaparecidas y no localizadas contenida en el RNPDNO con la Base de Datos Nacional del Registro Civil administrada por RENAPO, obteniéndose 537 posibles coincidencias con los datos asentados en actas de defunción, en continuidad con dicha confronta, para 2022 se obtienen 1 mil 194 posibles coincidencias más, así como 87 posibles coincidencias con los datos asentados en actas de matrimonio, por otra parte, se obtuvieron 14 mil 325 registros, a través de la confronta de los datos personales de personas desaparecidas y no localizadas, a fin de validar la Clave Única de Registro de Población, de la que no existe dato en el Registro Nacional, información que fue proporcionada a las CLB para que, en coordinación con las autoridades ministeriales, se realizaran las acciones necesarias para confirmar, en su caso, la identidad de las personas.

Por último, se obtuvieron 44 mil 233 registros del cruce de información del RNPDNO y la base de datos del padrón de alguna dependencia pública u organismo privado administrado por RENAPO, en los que se validó la identidad jurídica de una persona desaparecida o no localizada, mediante su Clave Única de Registro de Población llevando a cabo algún trámite con posterioridad a la fecha en que fue reportada como desaparecida, transmitiendo estos indicios a las autoridades encargadas de la búsqueda e investigación para realizar acciones de búsqueda individualizada.

Los indicios para la búsqueda y localización de personas desaparecidas, que resultan del cruce masivo de información del RNPDNO con otras bases de datos, tales como el Registro Nacional de Población e Identidad, son dispersados a las distintas autoridades competentes para realizar acciones de Búsqueda Individualizada, mediante el Sistema de Bitácora Única de Acciones de Búsqueda Individualizada, facilitando así, la coordinación, el análisis para asociación de casos y efectuar Búsqueda por Patrones, además de fortalecer los métodos de cotejo masivo propios de la Búsqueda Generalizada.

Las personas desaparecidas

En México, se está desapareciendo a la juventud: cerca del 60% de las personas reportadas como desaparecidas o no localizadas son menores de 35 años, en el caso de los hombres, el grupo etario con mayores desapariciones está entre los 20 y los 30 años y, en las mujeres, entre los 15 y los 25.

De acuerdo con el RNPDNO, del 1 enero de 1962 al 15 de junio de 2023, el número de reportes de personas desaparecidas o no localizadas es de 286 mil 890, de las cuales, 110 mil 42 personas continúan como desaparecidas. La mayoría de estas personas (85.70%) fueron desaparecidas a partir de 2007. De las personas reportadas como desaparecidas y no localizadas en el periodo del presente informe, fueron localizadas el 61.29% (92.81% fueron localizadas con vida, 163 mil 203) y 7.19% fallecidas (12 mil 645).

Los estados que concentran el mayor número de reportes de personas que continúan como desaparecidas y no localizadas son:

En el mismo periodo se reportó la desaparición y no localización de 118 mil 049 mujeres. De ellas, 91 mil 285 fueron localizadas (89 mil 454 con vida y 1 mil 831 sin vida) y 26 mil 764 continúan desaparecidas o no localizadas. El 71.83% de mujeres que continúan como desaparecidas y no localizadas se concentran en 10 estados.

En este mismo periodo continúan desaparecidos o no localizados 17 mil 788 niñas, niños y adolescentes, (9 mil 688 mujeres y 8 mil 024 hombres).

Los estados con más NNA desaparecidos son:

 

 

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