¿Qué es la Comisión Nacional de Búsqueda?

En México existe una crisis de desaparición de personas, que asciende a más de 111 mil personas, de vidas y de familias sufriendo la ausencia y la grave violación de derechos humanos que implica la desaparición. La mayoría de estas desapariciones han sucedido a partir del año 2007.

Durante años, las familias de las personas desaparecidas enfrentaron la búsqueda de sus seres queridos prácticamente solas; con un limitado o incluso, inexistente apoyo institucional, pese a que es obligación del Estado mexicano, a través de distintas autoridades, la búsqueda de las personas desaparecidas en territorio mexicano.

En noviembre de 2017, con el impulso de las familias de personas desaparecidas y de la sociedad civil, se publicó la Ley General en Materia de Desaparición http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgmdfp.htm , que plantea una división funcional entre la búsqueda de las personas desaparecidas y la investigación de los hechos como en otros países de la Región latinoamericana http://s870110114.onlinehome.mx/ , y crea la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas (CNB) y las comisiones de búsqueda estatales.

La principal obligación de la CNB es llevar a cabo y/o coordinar, junto con las diversas autoridades federales y estatales, acciones de búsqueda (de todo tipo) con la finalidad de dar con la suerte o el paradero de las personas desaparecidas

La CNB tiene diversas obligaciones y atribuciones tanto en la Ley General en Materia de Desaparición (artículo 53), como en el Protocolo Homologado de Búsqueda. Si quieres saber cuáles son y conocer el PHB versión resumida para  familiar da clic aquí: https://www.gob.mx/cnb/documentos/92518 .

Es importante recordar que existen diversas autoridades (tanto federales como estatales) que tienen distintas obligaciones en la búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas, y que todas se tienen que coordinar para buscar a las personas. Si quieres saber cuáles son las obligaciones de cada una de ellas, da click aquí (bit.ly/phbfam100)

Desde diciembre de 2018, el gobierno federal ha reconocido la crisis de desaparición de personas y la crisis forense. Desde la Presidencia de la República se ha colocado la búsqueda de desaparición de personas como prioridad del gobierno y como un asunto de Estado.

El mandato de la Comisión Nacional de Búsqueda es atemporal, esto es, contempla la búsqueda de las personas desaparecidas sin importar la fecha de su desaparición (reciente o de larga data), es decir, no se limita a un periodo histórico.

Además, es relevante recordar qué se entiende en México por persona desaparecida: toda aquélla cuyo paradero se desconoce y que existan indicios de que esté desaparecida como consecuencia de cualquier delito, sin importar cuál sea éste y que puede incluir, por ejemplo, a víctimas de desaparición forzada, desaparición por particulares, trata de personas, secuestro, homicidio, feminicidio, violencia intrafamiliar, privación ilegal de la libertad, delincuencia organizada, sustracción de menores, entre otros.

Infraestructura institucional de la CNB

Estructura de la CNB

La CNB inicialmente contaba con una estructura de 43 plazas, luego, en 2020 pasó a 89 y, finalmente, ascendió a 243 en 2022 (compuesta, para el 28 de octubre de 2022, por más del 50% de mujeres). La estructura orgánica cuenta con una plaza de titular de unidad, cuatro direcciones generales, 29 direcciones de área, 52 subdirecciones, 120 jefaturas de departamento y 37 apoyos administrativos.

 

Capacitación y formación continua de personal de la CNB

La CNB reconoce la importancia de la capacitación para la profesionalización y actualización de las personas servidoras públicas cuyas funciones tienen como objeto la búsqueda de personas desaparecidas, por lo que impulsa la implementación de acciones de capacitación de manera continua. Esto se hace a través de la colaboración con diversas instituciones y organizaciones educativas a nivel nacional e internacional, haciendo uso de tecnología educativa para abarcar a distintos tipos de población.

Durante 2019 y 2020 se trabajó en el desarrollo y posterior emisión del Estándar de Competencia 1235 “Atención de Primer Contacto para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas”[1] y se realizó el primer curso para la certificación del personal de la CNB y se está trabajando en colaboración con el CIESAS.

En septiembre de 2020 el SNB aprobó los Criterios para la Capacitación, Especialización, Certificación y Renovación de la Certificación de las personas servidoras públicas de la CNB, así como los criterios de las CLB. Ambos fueron actualizados en noviembre de 2021.

Desde diciembre de 2020 se lleva a cabo el programa de capacitación sobre el PHB del cual han sido impartido 31 cursos a 2 mil 157 personas (familiares, representantes, personas funcionarias públicas y público en general)

De esos 31 cursos, 28 se impartieron en modalidad síncrona a través de una plataforma de videoconferencias a 908 personas de las siguientes instituciones: CNB, CLB, Fiscalías, MPS, Guardia Nacional y Policías.

Tres de esos se impartieron en modalidad en línea ya que, en abril de 2022, en conjunto con la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) se implementó el curso en línea sobre el PHB y PABNNA dirigido a público en general, a través del Portal de Capacitación de la Secretaría de Gobernación. En el primer periodo, abril-mayo, del curso se inscribieron 926 personas, 442 concluyeron; en el segundo, julio-agosto, contamos con 1 mil 141 personas inscritas, 405 concluyeron, y en el tercer periodo, octubre-noviembre, se inscribieron 1 mil 184 personas, 402 concluyeron.

En el 2022 durante marzo y abril la CNB realizó junto con la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración de la SEGOB, el programa de Capacitación en Materia de Búsqueda con Perspectiva en Derechos humanos dirigido a personal de la misma CNB, Guardia Nacional, Fiscalía General del Estado de México, Fiscalía General de la Ciudad de México y Fiscalía General de la República, con un total de 354 personas capacitadas.

Finalmente, de agosto a noviembre de 2021 se llevó a cabo la primera edición del programa de formación de replicadores del PHB dirigido a las CLB, al que se convocó a una persona servidora pública de cada comisión local y cuyo objetivo es contar con un capacitador del PHB en cada entidad. En esta primera edición 10 personas concluyeron exitosamente la capacitación, siendo estas de las siguientes entidades: Estado de México; Baja California Sur, Nuevo León, Durango; Hidalgo; Yucatán; Tamaulipas; Morelos; Puebla y Aguascalientes. Por último, en julio del 2022 se comenzó una segunda edición en dónde 22 Comisiones Locales de Búsqueda participaron, actualmente se encuentra en periodo de entregas de actividades finales.

[1] https://www.conocer.gob.mx/contenido/publicaciones_dof/2019/EC1235.pdf

Transparencia

La atención de solicitudes de acceso a la información pública gubernamental es una de las obligaciones de la CNB. Las solicitudes a la CNB se han incrementado año con año teniendo:

  • 158 solicitudes en 2019
  • 244 solicitudes y 15 recursos de revisión en 2020
  • 269 solicitudes y 33 recursos de revisión en 2021
  • 358 solicitudes y 26 recursos de revisión en 2022
  • 42 solicitudes y 3 recursos de revisión hasta el 15 de febrero de 2023

La mayor parte de las solicitudes se relaciona con el RNPDNO (número de desapariciones y estatus de la persona localizada, ya sea con vida o sin vida); con las acciones de búsqueda (número y lugares en que se llevan a cabo) y con el registro interno de fosas clandestinas (número de fosas, localización, cantidad de cuerpos exhumados), no obstante, la creación del Centro Nacional de Identificación Humana ha significado un incremento en las solicitudes por lo que hace a su conformación y atribuciones.

Por lo que a la Transparencia Activa se refiere, se creó un espacio específico en la página de internet que se integra por diferentes micrositios que incluyen información valiosa para la ciudadanía y las versiones públicas respectivas, mismas que fueron aprobadas por el Comité de Transparencia. Los Micrositios conducen a documentos y bases de datos con información detallada  sobre:

  • Registro interno de fosas clandestinas
  • Módulo de fosas comunes
  • Análisis de Contexto
  • Versión pública del RNPDNO

En relación con el RNPDNO, se han realizado, de oficio, dos consultas al INAI sobre la versión pública del Registro, y sobre la forma de resolver la tensión entre los derechos de acceso a la información y a la protección de datos personales. Una de las recomendaciones realizadas por el INAI fue especificar dentro de los lineamientos del RNPDNO diversas temáticas que coadyuven a la creación de una versión pública con criterios claros y específicos mediante la determinación de perfiles de acceso al registro y el estudio de proporcionalidad y finalidad del tratamiento de cada uno de los datos del mismo, de acuerdo con lo previsto en la LGD y lo resuelto en los recursos de revisión ante el INAI.

En enero de 2023, el proyecto de lineamientos fue presentado a consideración del Consejo Nacional Ciudadano y una vez recogidas sus sugerencias el documento fue sometido a consulta del propio INAI, quien hizo observaciones y recomendaciones que han sido atendidas con miras a su implementación fáctica en breve.

Tratándose del manejo de datos personales, el 13 de julio de 2022 la CNB presentó ante el INAI la Evaluación de Impacto de Datos Personales respecto al manejo y el cruce de información con bases de datos de otras dependencias. INAI emitió el dictamen con recomendaciones el 31 de agosto. Actualmente la CNB implementa todas las recomendaciones en el manejo de sus datos personales con lo que se convierte en uno de los pocos sujetos obligados que ha cumplido con este requisito.

Como parte de los esfuerzos para garantizar la protección de los datos personales, la CNB sometió a consulta de la Unidad General de Asuntos Jurídicos y de la Unidad de Transparencia, ambas de la Segob, el tratamiento general que se daría a dichos datos cuando se trata del cruce de información y como resultado, se han celebrado convenios al respecto con distintas entidades, mismos que incluyen una cláusula específica para el tratamiento adecuado de los datos personales involucrados.

Juicios

Tratándose de los juicios, se ha mencionado al amparo buscador como herramienta de búsqueda pues, los juzgados de distrito son una de las autoridades primarias conforme al Protocolo Homologado de Búsqueda. No obstante, también existe la Declaración Especial de Ausencia (DEA) que se tramita a manera de juicio y de la que también conoce el poder judicial.

En este contexto, la CNB atendió 55 amparos y 17 DEAs en 2020; 165 amparos y 80 DEAs en 2021; mientras que, durante 2022, se han atendido 309 amparos y 149 DEAs y 22 procesos que derivan de diversos juicios en donde existe alguna persona desaparecida.

Rendición de cuentas

En un ejercicio de transparencia y rendición de cuentas con los familiares de personas desaparecidas y sociedad en general, la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración de la SEGOB y la CNB han rendido, al menos, 10 informes públicos donde detallan las acciones realizadas. Asimismo, se ha presentado información sobre el trabajo de la CNB en las audiencias públicas de la CIDH. Por otro lado, dos sesiones del SNB han sido subidas a redes, e incluso transmitidos en tiempo real, a solicitud del Consejo Nacional Ciudadano. Finalmente, el 6 de octubre de 2021, la titular de la CNB llevó a cabo una reunión de trabajo, que fue pública, con la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República. 

Aquí se pueden consultar  [1]los informes 19 de agosto de 2019, 6 de enero de 2020, agosto de 2020, 30 de septiembre de 2020, 25 de noviembre de 2020, 29 de enero de 2021, 7 de julio de 2021 y 8 de abril de 2021.

Por otra parte, el 6 de octubre de 2021, la titular de la CNB acudió a una reunión de trabajo [2]con legisladoras y legisladores integrantes de la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República, a fin de intercambiar puntos de vista sobre la crisis de personas desaparecidas que vive el país y las acciones que se han emprendido para hacer frente a ésta.

[1] En  el apartado “Información sobre cifras de personas desaparecidas y localizadas, y fosas clandestinas. busqueda – Comisión Nacional de Búsqueda (comisionacionaldebusqueda.gob.mx)

[2] Transmisión en vivo de la reunión de trabajo https://twitter.com/CanalCongreso/status/1445787897995554825?s=20   

Auditorías

La CNB ha sido auditada tres veces por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), tres por el Órgano Interno de Control de la SEGOB (OIC), dichas auditorías se encuentran concluidas. Adicionalmente, en mayo de 2022 inició auditoría de la Secretaría de la Función Pública de la cual en fecha 10 de febrero de 2023 se recibieron los resultados finales, derivándose de ésta 14 resultados, 13 de ellos sin observación y uno con una recomendación correctiva en proceso de ser atendida.  En general los procesos de fiscalización se han referido a cumplimiento financiero y normativo respecto de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal para los ejercicios 2019 y 2021, así como una de las practicadas por la ASF, fue Auditoría Especial de Desempeño.

La auditoría de desempeño denominada “Diseño Institucional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas” involucró a la CNB y a la FGR. El proceso de auditoría comenzó en febrero de 2020 y se desarrolló durante todo el año. Seis de las recomendaciones de la ASF fueron dirigidas a la CNB y abarcaron los siguientes temas: instrumentos jurídicos, convenios, capacitación, búsqueda de personas, presupuesto y necesidades operativas y de personal, y RNPDNO. 

El 5 de enero de 2022 se ingresó en la ASF el reporte de cumplimiento respecto de las mejoras implementadas en atención a las recomendaciones por lo que, el 2 de septiembre 2022 la ASF informó que de las revisiones realizadas  se daba por concluida la atención de todas las recomendaciones, ya que no se detectó algún tipo de incumplimiento.

Durante 2022, la ASF ejecutó la auditoría número 68 donde revisó la gestión financiera para verificar que el presupuesto asignado a la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y de acuerdo con las disposiciones legales y normativas. De lo anterior, a través del informe con número “Auditoría de Cumplimiento: 2021-0-04100-19-0068-2022” la ASF hizo recomendaciones y promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria; mismas que están siendo atendidas.

Actos de Fiscalización

COMISIÓN NACIONAL DE BÚSQUEDA DE PERSONAS

Órgano Interno de Control en la Secretaría de Gobernación

Acto de Fiscalización

Objetivo

Fecha de Inicio y Término

Estatus

03/2020

Verificar el cumplimiento de los objetivos y metas de los proyectos subsidiados en el ejercicio 2019.

Inicio 11-09-2020

Término 23-03-21

Se solventaron las observaciones emitidas por el OIC.

01/2021

Verificar y promover en la CNB el cumplimiento de programas sustantivos y normatividad aplicable. Ejercicio 2020

Inicio 13-01-21

Término 28-06-21

Se solventaron las observaciones emitidas por el OIC.

4/2023

Evaluar la eficacia y eficiencia en el cumplimiento de los objetivos institucionales, metas y actividades sustantivas de la CNB, respecto al programa presupuestario P026, ejercicio 2022.

Inicio 03-04-23

Actualmente se encuentra en proceso, el OIC emitió las cédulas de resultados preliminares.

Secretaría de la Función Pública

Acto de Fiscalización

Objetivo

Fecha de Inicio y Término

Estatus

UAG-AOR-066-2022-CNB-U008 denominada “Recursos para las Acciones de Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas”

Verificar el cumplimiento de las disposiciones para la operación del Programa Presupuestario U008 “Subsidios para las Acciones de Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas”

Inicio 25-05-22

Término 10-02-23

Se emitió una recomendación correctiva por parte de la SFP, la cual ya fue atendida, aún no se pronuncia la SFP al respecto.

UAG-EV-003 2023 denominado “Política de búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas”

Evaluar el diseño y los resultados de la implementación de la política pública de personas desaparecidas y no localizadas, en 2023, tomando como referencia el periodo 2017 a 2022

Inicio 23-05-23

Actualmente se encuentra en proceso.

 

Auditoría Superior de la Federación:

Acto de Fiscalización

Objetivo

Fecha de Inicio y Término

Estatus

Auditoría 6-GB, denominada “Conducción y Coordinación para la Búsqueda de Personas Desaparecidas”

Evaluar que el diseño normativo, organizacional y programático- presupuestal de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas (CNBP) y la Fiscalía General de la República (FGR) para la prevención, búsqueda de personas.

Inicio 04-05-21

Término 29-10-21

Finalizada

Auditoría 12-GB 2020, denominada “Recursos destinados para atender las Acciones para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas”

Fiscalizar la gestión financiera de los recursos ejercidos por la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas para verificar que el presupuesto asignado se ejerció y registró conforme a los montos aprobados, y de acuerdo con las disposiciones legales y normativas

Inicio 05-02-2020

Término-septiembre 2021

Finalizada

Auditoría 68 denominada “Erogaciones para la Atención de Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas”

Fiscalizar la gestión financiera para verificar que el presupuesto asignado a la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y de acuerdo con las disposiciones legales y normativas.

Inicio 21-02-2022

Término 15-06- 22

Actualmente se encuentran en seguimiento cuatro recomendaciones.

 

Sistema Nacional de Búsqueda

El Sistema Nacional de Búsqueda (SNB) tiene como objetivo diseñar y evaluar de manera eficiente y armónica los recursos del Estado mexicano para establecer las bases generales, políticas públicas y procedimientos entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno para la búsqueda, localización e identificación de personas, así́ como para la prevención, investigación y sanción de los delitos en materia de la LGD. Dicho órgano colegiado está integrado por 38 titulares de instituciones o dependencias federales o estatales, un representante de la CNPJ y tres integrantes del consejo nacional ciudadano.

A la fecha se han convocado a seis sesiones ordinarias, entre 2019 y 2023, tres extraordinarias y se han emitido diversos acuerdos que han ayudado a la construcción de una política integral en materia de búsqueda.  Dentro de los temas abordados se encuentran: la creación del MEIF; la emisión del PHB y el PABNNA; llamamientos y exhortos para una participación amplia para discutir la modificación a la LOFGR, para evitar, entre otras cosas, la eliminación de dicha norma;  creación de la Mesa de Búsqueda de Personas Migrantes Desaparecidas; Criterios para la Capacitación, Especialización, Certificación y Renovación de la Certificación de las Personas Servidoras Públicas de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas

Finalmente, se informa que la CNB mantiene una estrecha comunicación con el Consejo Nacional Ciudadano.

Reglamento de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas

El Reglamento de la Ley General es un instrumento que guía, de manera complementaria, al PHB y de conformidad con el parámetro en relación con la desaparición de personas, las obligaciones de todas las instituciones integrantes del SNB, además de las normativas secundarias que emitan las entidades federativas.  Dicho reglamento debe ser construido y aprobado por todos los integrantes del SNB; por lo tanto, el 9 de noviembre de 2021, se aprobó una ruta para su construcción, la cual debe ser colectiva, con la participación de las familias, organizaciones de la sociedad civil y autoridades.

El Sistema Nacional de Búsqueda (SNB) tiene como objetivo diseñar y evaluar de manera eficiente y armónica los recursos del Estado mexicano para establecer las bases generales, políticas públicas y procedimientos entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno para la búsqueda, localización e identificación de personas, así́ como para la prevención, investigación y sanción de los delitos en materia de la LGD. Dicho órgano colegiado está integrado por 38 titulares de instituciones o dependencias federales o estatales, un representante de la CNPJ y tres integrantes del consejo nacional ciudadano.

A la fecha se han convocado a seis sesiones ordinarias, entre 2019 y 2023, tres extraordinarias y se han emitido diversos acuerdos que han ayudado a la construcción de una política integral en materia de búsqueda.  Dentro de los temas abordados se encuentran: la creación del MEIF; la emisión del PHB y el PABNNA; llamamientos y exhortos para una participación amplia para discutir la modificación a la LOFGR, para evitar, entre otras cosas, la eliminación de dicha norma;  creación de la Mesa de Búsqueda de Personas Migrantes Desaparecidas; Criterios para la Capacitación, Especialización, Certificación y Renovación de la Certificación de las Personas Servidoras Públicas de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas[1].

[1] Mecanismo Extraordinario de Identificación Forense: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5589797&fecha=19/03/2020

Protocolo Homologado de Búsqueda de Personas: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5601905&fecha=06/10/2020

 

 

Reglamento interno de la CNB

El proyecto de Reglamento de la CNB se encuentra en revisión por las autoridades competentes de la Secretaría de Gobernación para su aprobación. Dicho reglamento, armonizado con el PHB, permitirá contar con una estructura y atribuciones que sean acordes con las necesidades de la institución.

PRESUPUESTO

CONFORMACIÓN

SISTEMA NACIONAL DE BÚSQUEDA

TITULAR

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